
La Constitución Política de Colombia en su Artículo 2 establece el servicio a la comunidad como uno de los fines esenciales del Estado. Para cumplir este mandato, las entidades de la Administración Pública Nacional deben poner a disposición los instrumentos, los canales y los recursos necesarios para interactuar con la ciudadanía y satisfacer sus necesidades de acceso a la información, peticiones, quejas, reclamaciones y sugerencias, bajo principios de racionalidad, eficiencia, eficacia, oportunidad y transparencia, para garantizar el goce efectivo de sus derechos.
A su vez, dichas entidades deben propender por el respeto a la diversidad étnica y cultural del país y, en especial, por la prestación de servicios que consideren las necesidades y las condiciones específicas de sus beneficiarios.
Siendo coherentes con lo anterior, según el artículo 29 del Acuerdo Municipal 263 de 2015, Reglamento Interno, el Concejo debe informar a sus ciudadanos de sus actividades, haciendo uso del mecanismo de PÁGINA WEB, que será el medio oficial de publicidad de sus actos para garantizar la efectividad de su difusión.
Con el objetivo de garantizar los principios de transparencia y publicidad tenemos a disposición de la ciudadanía la Pagina Web https://www.concejodevillavicencio.gov.co, también complementamos con canales adicionales de información en redes sociales como FACEBOOK https://www.facebook.com/ConcejoVillavicencioOficial , TWITTER @Concejo_Villavo, el canal de YOUTUBE https://www.youtube.com/c/ConcejoMunicipaldeVillavicencioCanalOficial y el correo electrónico de VENTANILLA UNICA Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.